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Ago 24, 2021 admin Economía, Más Industria 0
“Estados Unidos de América, por su interpretación, está imponiendo ciertos requisitos a los productores de vehículos automotores que son incompatibles con el texto del T-MEC y las Reglamentaciones Uniformes”, afirma la secretaria de Economía, Tatiana Clouthier, a la representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, en una misiva emitida el pasado 20 de agosto. La dependencia señala en un comunicado que “las consultas constituyen la etapa no contenciosa del mecanismo general de solución de controversias que prevé el T-MEC” y explica que “ambos gobiernos tienen un periodo de 75 días para solucionar la controversia durante esta etapa”.
Redacción/Vanguardia Industrial
CIUDAD DE MÉXICO (22/08/2021).- A casi un mes de que la secretaria de Economía, Tatiana Clouthier, anunció en Washington –al término de una gira de trabajo que realizaba en Estados Unidos—, que México y Canadá pidieron una revisión sobre la interpretación de Estados Unidos respecto a las reglas de origen del sector automotriz, previstas en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el pasado 20 de agosto, el gobierno de México solicitó formalmente “el inicio de consultas con el Gobierno de los Estados Unidos en materia de reglas de origen aplicables al sector automotriz de conformidad con lo establecido en el Artículo 31.4 (Consultas) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)”.
En un comunicado, emitido el 22 de agosto, la dependencia federal informa que “las consultas constituyen la etapa no contenciosa del mecanismo general de solución de controversias que prevé el T-MEC” y explica que “ambos gobiernos tienen un periodo de 75 días para solucionar la controversia durante esta etapa”.
A pesar de externar la voluntad del gobierno mexicano para
solucionar la controversia durante la etapa de consultas, buscando tener un mejor entendimiento de la aplicación de estas disposiciones por parte de Estados Unidos en el comercio automotriz”, el documento deja ver la decisión de las autoridades de México para avanzar en los instrumentos de solución de controversias, a fin de dirimir este asunto acerca del cual, en julio pasado en Washington, la titular de Economía, Tatiana Clouthier, destacó que la interpretación de Estados Unidos sobre las reglas de origen de la industria automotriz “no es lo que acordamos en términos del T-MEC.
Así, el comunicado de la dependencia federal asegura que “en caso de no llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio sobre la correcta aplicación e interpretación de estas disposiciones, México podrá solicitar el establecimiento de un panel para que decida sobre este asunto”. En el texto, el gobierno de México “reafirma su compromiso por defender los intereses de la industria nacional exportadora de vehículos al mercado norteamericano”.
Por otra parte, el documento de la solicitud del gobierno de México, a su homólogo de Estados Unidos, fechado el pasado 20 de agosto está dirigido por la secretaria de Economía, Tatiana Clouthier, a la representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, con copia para la ministra de Pequeña Empresa, Promoción a la Exportación y Comercio Internacional de Canadá, Mary Ng.
El escrito señala que “México ha identificado una posición divergente entre nuestros gobiernos con relación a la interpretación de las disposiciones sobre las reglas de origen para el sector automotriz” referentes al “Artículo 3 (Valor de Contenido Regional para Vehículos de Pasajeros, Camiones Ligeros, y sus Partes) del Apéndice al Anexo 4-B (Disposiciones Relacionadas con las Reglas de Origen Específicas por Producto para Mercancías Automotrices) y el párrafo 4 del Artículo 4.5 (Valor de Contenido Regional) del T-MEC”.
Luego de establecer que la petición de celebración de consultas con Estados Unidos se hace “de conformidad con el Artículo 31.4 (Consultas) (…) del T-MEC”, el gobierno de México afirma que “esta solicitud se realiza con la finalidad de evitar o resolver una posible controversia sobre la manera en que el Gobierno de los Estados Unidos de América, por su interpretación, está imponiendo ciertos requisitos a los productores de vehículos automotores que son incompatibles con el texto del T-MEC y las Reglamentaciones Uniformes”.
La carta argumenta que dos de los requisitos del Apéndice al Anexo 4-B del T-MEC es que los vehículos de pasajeros y camiones ligeros tengan un Valor de Contenido Regional (VCR) de 75% y el otro requisito es que para que un vehículo se considere originario de la región debe tener un 75% de VCR en sus “partes esenciales”, cuya metodología de cálculo para determinar si es originario o no de la región está prevista en el párrafo 8 del artículo 3 del Apéndice al Anexo 4-B.
Así, expone la carta, las metodologías de los incisos a y b de dicho párrafo pueden utilizarse para calcular el VCR de las partes esenciales para calificarlas como originarias “subsecuentemente, con la finalidad de calcular el origen del vehículo”.
El documento refiere que “el Apéndice al Anexo 4-B establece una flexibilidad adicional para los ‘súper-componentes esenciales’, el cual permite el cálculo del VCR de todas las partes esenciales como si fueran una sola parte. Como lo prevé el párrafo 4 del artículo 4.5 (Valor del Contenido Regional) del T-MEC, una vez que un material (‘parte esencial’) ha calificado como originario y ha sido utilizado en la producción de una mercancía, siempre deberá de ser tratado como originario en los cálculos”.
Con base en lo anterior, la misiva a la funcionaria federal estadunidense indica: “Por lo tanto, si un ‘súper-componente esencial’, cumple con el porcentaje requerido de VCR, todas las partes esenciales que comprenden al ‘súper-componente esencial’ serían originarias. Las Reglamentaciones Uniformes, adoptadas por la Decisión No.2 de la Comisión de Libre Comercio del T-MEC desarrollan y reiteran este principio, particularmente, en las secciones 14(1) y 14(4)”.
Continuando con el respaldo a la postura de México, la carta destaca que “asimismo, en el párrafo 7 del Artículo 3 (Valor de Contenido Regional para Vehículos de Pasajeros, Camiones Ligeros, y sus Partes) del Apéndice al Anexo 4-B señala que una vez que las partes esenciales (materiales) hayan satisfecho el porcentaje de VCR requerido en el párrafo 2 del Artículo 3 del Apéndice al Anexo 4-B, dichas partes son originarias”.
El argumento concluye que “consecuentemente, para los efectos de su utilización en la producción de una mercancía subsecuente (vehículo), esas partes esenciales serían consideradas como originarias”.
La solicitud oficial del gobierno de México al de Estados Unidos termina señalando que espera recibir respuesta para discutir el asunto en una fecha “mutuamente conveniente para sostener las consultas”.
“Estados Unidos de América, por su interpretación, está imponiendo ciertos requisitos a los productores de vehículos automotores que son incompatibles con el texto del T-MEC y las Reglamentaciones Uniformes”, afirma la secretaria de Economía, Tatiana Clouthier, a la representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, en una misiva emitida el pasado 20 de agosto. La dependencia señala en un comunicado que “las consultas constituyen la etapa no contenciosa del mecanismo general de solución de controversias que prevé el T-MEC” y explica que “ambos gobiernos tienen un periodo de 75 días para solucionar la controversia durante esta etapa”.
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