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Dic 14, 2022 admin Automotriz, Economía, Más Industria 0
Así lo dio a conocer la Secretaría de Economía al publicar la hoja de ruta sobre el fallo del Panel de Solución de Controversia que entabló México y Canadá contra Estados Unidos, dentro del tema de las reglas de origen de la industria automotriz, por la interpretación estadunidense que desconoce la regla de Roll-up. La dependencia informa que hoy “se entregará el informe del Panel de Reglas de Origen al Secretariado Técnico del T-MEC”.
Redacción/Vanguardia Industrial
CIUDAD DE MÉXICO (14/12/2022).- Después del 15 de enero de 2023 se anunciará el fallo sobre el Panel de Reglas de Origen en el sector automotriz dentro del marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), informó la Secretaría de Economía, que dio a conocer que hoy, 14 de diciembre “se entregará el informe del Panel de Reglas de Origen al Secretariado Técnico del T-MEC”, dice la hoja de ruta que publicó la dependencia sobre el Panel de Solución de Controversia que México y Canadá entablaron contra Estados Unidos dentro del T-MEC por la interpretación estadunidense que descalifica la regla de Roll-up , referente al contenido regional en la industria automotriz.
El Roll-up, un redondeo en la regla de origen automotriz del T-MEC
Dicha regla establece que si el “súper-componente esencial” –que se refiere a Ejes, Carrocerías y chasises, Motores, Sistemas de dirección, Sistemas de suspensión, Trasmisiones y Baterías de litio en vehículos eléctricos— cumple o supera el valor de contenido regional, es decir, si es igual o superior al 75% al final del proceso de transición, automáticamente todas las “partes esenciales” que lo integran pasan a ser consideradas como originarias, por lo que el valor de cada una de estas partes se contabilizará como 100% originaria de la región de Norteamérica, dentro del valor final del vehículo. A este concepto se le conoce como “Roll-up”, explica Eduardo Solís en el artículo “T-MEC: Sin base, la reinterpretación de EU sobre reglas de origen automotriz”, publicado por la revista digital Vanguardia Industrial en su edición de septiembre de 2021.
El especialista detalla que en el caso del “súper-componente esencial”, la regla de origen de 75% NO significa que todas las partes esenciales que integren al “súper-componente” deberán cumplir o superar el 75% de contenido regional. Siempre y cuando el valor del “súper-componente” alcance en promedio el 75% de contenido regional al concluir el proceso de transición, éste podrá incorporar tanto “partes esenciales” con contenido regional superior al 75% como “partes esenciales” que se encuentren por debajo de ese umbral. Esta, dice el experto, fue una concesión que la industria automotriz de México logró al final de las negociaciones del T-MEC.
Esta condición de la regla del Roll-up que se puede describir como un redondeo de 75 a 100% del porcentaje de contenido regional, una vez cumplido el reglamentario 75%, es la que Estados Unidos quiere desconocer.
La USTR u Oficina de Representación Comercial de Estados Unidos defiende que al momento de contabilizar los valores de contenido regional de las “partes esenciales”, no obstante que el “súper-componente esencial” cumpla con la regla de origen, únicamente deberán ser contabilizados los valores de los materiales que cada parte esencial reporte como originarios de Norteamérica, por lo que, de acuerdo con su interpretación, no aplica el “Roll-up”, refiere Solís en el artículo mencionado, en el que asevera contundentemente que el Roll-up tiene sustento legal.
El experto –quien presidió por 12 años la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), participó en las negociaciones del T-MEC en el “Cuarto de Junto” y fue negociador también del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, el TLCAN— asegura que la versión en inglés de las Reglamentaciones Uniformes en la misma Sección 14 –en donde aparecen las reglas de origen en el sector automotriz— textualmente hace referencia al mecanismo de “Roll-up of originating materials”, reconociéndose claramente su existencia como parte integral del tratado, dando por eliminada cualquier intención de reinterpretación.
Hoja de ruta de la resolución final
La hoja de ruta de la resolución final publicada por la Secretaría de Economía, es la siguiente:
Hoy, 14 de diciembre “se entrega el informe final del panel de Reglas de Origen al Secretariado técnico del T-MEC”.
El próximo 31 de diciembre “se traducirá el fallo al español y se dará a conocer a las Partes”.
Del 1 al 15 de enero de 2023, “las Partes revisarán el fallo”.
Después del 15 de enero de 2023, “Se publicará el fallo”.
Del 15 de enero al 2 de marzo, “en caso de que México y Canadá obtengan un resultado favorable, las Partes contarán con 45 días, posteriores a la publicación del fallo, ´para acordar su implementación”, concluye el documento publicado por la Secretaría de Economía.T-MEC, controversia, automotriz, fallo, roll up, Secretaría de Economía, contenido regional,
Así lo dio a conocer la Secretaría de Economía al publicar la hoja de ruta sobre el fallo del Panel de Solución de Controversia que entabló México y Canadá contra Estados Unidos, dentro del tema de las reglas de origen de la industria automotriz, por la interpretación estadunidense que desconoce la regla de Roll-up. La dependencia informa que hoy “se entregará el informe del Panel de Reglas de Origen al Secretariado Técnico del T-MEC”.
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