Última actualización noviembre 22nd, 2024 7:38 AM
Los principios de nación más favorecida y trato nacional que contemplan los acuerdos comerciales , incluyendo al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), prevén competir en igualdad de circunstancias en pro de los consumidores, por eso ante las acciones de México en materia energética – modificación de la ley de la industria eléctrica, con inactividad, retraso y revocación de permisos a empresas privadas para operar en el sector energético mexicano y demora por parte de Pemex con el cumplimiento de proveer diésel con bajos niveles de azufre—, Estados Unidos y Canadá solicitaron consultas que se han ampliado, sin alcanzar todavía una solución al tema.
CIUDAD DE MÉXICO (04/ 04/2023).- Para abordar este tema empezaremos exponiendo las consideraciones preliminares correspondientes: México es miembro de la Organización Mundial del Comercio desde el 1° de enero de 1995 y del GATT a partir del 24 de agosto de 1986, obligándose a cumplir con principios como el de nación más favorecida y trato nacional, postulados que regulan el comercio internacional y que suelen estar previstos en los tratados de libre comercio.
De forma llana y sencilla, podríamos decir que el principio de nación más favorecida implica proporcionar las mismas condiciones y ventajas a todos los Estados, cuando lleven a cabo sus prácticas comerciales, trayendo implícita la no discriminación.
Por otra parte, el principio de trato nacional permite a los empresarios y productos extranjeros beneficiarse de la legislación interna de un país, de la misma manera que los empresarios y productos nacionales[1].
Es decir, el espíritu de ambos principios es el de competir en igualdad de circunstancias, en pro de los consumidores, no siendo la excepción el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Es fundamental recordar que el T-MEC es el resultado de una renegociación completa del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), que estuvo en vigor del 1º de enero de 1994 al 31 de junio de 2020 y comprende una de las zonas de libre comercio más grandes del mundo[2].
Dentro de las actualizaciones se encuentra el Capítulo 8 de Energía, donde no existen reservas en el sector eléctrico mexicano, únicamente hace referencia a que todos los hidrocarburos ubicados dentro del subsuelo son propiedad de la Nación de forma inalienable e imprescriptible[3].
Asimismo, México se reservó su derecho de reformar la Constitución y las leyes secundarias dentro del sector energético, siendo éste uno de los principales argumentos expresados por el presidente, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), para realizar modificaciones en el mercado de las energías renovables y electricidad, perdiendo de vista por completo los principios de comercio internacional descritos y previstos en el T-MEC[4].
¿En qué consiste el reclamo específicamente?
De conformidad con los artículos 31.2 y 31.4, correspondientes al Capítulo 31 de Solución de Controversias del T-MEC, Estados Unidos y Canadá solicitaron realizar las consultas en relación con las medidas realizadas dentro del sector energético mexicano por favorecer a las empresas productivas del estado, específicamente la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (Pemex) .
Es sustancial destacar, que el periodo de consultas es una etapa donde aún no existe conflicto, analizándose si existió una correcta aplicación del tratado, mismo que tiene una duración de 75 días. De lo contrario, es posible el inicio de un panel arbitral para dirimir la controversia.
Dentro de las medidas que incumplen el T-MEC están las siguientes:
a) Modificaciones a la ley de la industria eléctrica, consistentes en alterar el despacho económico privilegiando las centrales eléctricas propiedad de la CFE, independientemente de sus costos –hidroeléctricas, termoeléctricas, nucleares, geotérmicas y de ciclo combinado— y, en segundo lugar, las centrales del sector privado.
b) Inactividad, retraso y revocación de permisos a empresas privadas para operar en el sector energético mexicano. En este apartado, se alega que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha demorado en aprobar las nuevas solicitudes de permisos o modificaciones del sector eléctrico, además de llevar a cabo revocaciones de estos.
Lo anterior, afecta la exportación e importación de electricidad, la explotación de instalaciones de energías renovables, como la eólica y la solar, entre otras.
c) Demora por parte de Pemex con el cumplimiento de proveer diésel con bajos niveles de azufre. En esta sección se reclama que la CRE emitió una regulación que otorga únicamente a Pemex una prórroga de cinco años para cumplir con los requisitos de contenido máximo de azufre, bajo su norma aplicable de combustible de diésel automotriz, indicando que a partir de diciembre de 2018, se exigía que el Diésel Ultra Bajo Azufre (DUBA) se vendiera en todo México.
En este sentido, la CRE ha aplicado su discrecionalidad beneficiando a las empresas productivas del estado.
Tres posibles escenarios
Por ello, Estados Unidos y Canadá solicitaron un periodo de consultas iniciado en julio, que concluyó exactamente el 3 de octubre de 2022. Sin embargo, falta claridad sobre el asunto al carecer de una solución consistente, por lo que se prevén los siguientes escenarios:
a) Que dentro de la prórroga del periodo de consultas se solucione el conflicto.
Si bien, el periodo de consultas ha concluido, los Estados parte han decidido ampliarlo por otros 75 días más. Este hecho es positivo, en virtud de que pareciera posible la existencia de alcanzar acuerdos política entre los distintos gobiernos. Sin embargo, dichas negociaciones se han llevado a puerta cerrada, por lo que existe poca información al respecto.
Asimismo, dentro de la Cumbre de América del Norte, celebrada del 9 al 11 de enero entre los Estados miembros del T-MEC, se acordó reducir las emisiones de metano del sector de desechos sólidos en al menos un 15% para 2030 con respecto a los niveles de 2020, así como de profundizar la colaboración en la medición y la mitigación de las emisiones de metano procedentes de los desechos y la agricultura, incluido el logro del compromiso mundial respecto al metano, a través de la cooperación trilateral en materia de emisiones de metano y carbón negro[5], acuerdos que claramente están relacionados con el sector energético.
b) Establecimiento de un panel arbitral. Dentro de los procedimientos de solución de controversias, se prevé que en caso de no solucionar sus conflictos en el periodo de consultas, existe el derecho de solicitar la instalación de un panel arbitral constituido por expertos en la materia, situación que traería como consecuencia la imposición de medidas arancelarias, afectando gravemente a distintos sectores económicos de México.
c) Nombramiento de Norma Lucía Piña y la independencia judicial. El nombramiento de ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, seguramente permitirá que exista un sistema judicial no subordinado a caprichos provenientes de Palacio Nacional.
Esto, en virtud de que la ministra Piña votó en su momento considerando inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, además de afirmar que en efecto, la CRE negó una autorización de participación cruzada, invadiéndose la esfera jurídica de la Comisión Federal de Competencia Económica.
Dicha situación genera certeza jurídica para los inversionistas y Estados parte del T-MEC, al tener una ministra objetiva, además de permitir que los amparos promovidos por las empresas privadas puedan llegar a buen puerto, esperando una resolución sin directrices políticas y totalmente imparciales.
[1] López Bassols: 2008, p. 429
2 IMCO, disponible en: https://imco.org.mx/un-ano-del-t-mec-y-muchos-por-delante/
3T-MEC, disponible en: 08ESPReconocimientodelapropiedaddirectainalineableeimprescriptible.pdf (www.gob.mx) 4 T-MEC, disponible en: 08ESPReconocimientodelapropiedaddirectainalineableeimprescriptible.pdf (www.gob.mx)
5 US. Departament of State, disponible en: https://www.state.gov/translations/spanish/hoja-informativa-objetivos-de-cumplimiento-clave-para-la-cumbre-de-lideres-de-america-del-norte-2023/
ACERCA DEL AUTOR:
Sergio Ampudia Mello es catedrático fundador de la Especialización en Derecho Energético de la UNAM y del Diplomado “Temas Selectos de Derecho Energético”. Es presidente de PROCNIE Por México, A.C., con presencia en 12 entidades federativas, que es el Grupo Promotor de la Cámara Nacional de la Industria Energética. Actualmente, es consultor en energía.
* Con la colaboración de Diego Rodrigo Esponda Betancourt.
LEER EL ARTÍCULO EN LA REVISTA DIGITAL DE VANGUARDIA INDUSTRIAL: https://acortar.link/fJAHzy
Los principios de nación más favorecida y trato nacional que contemplan los acuerdos comerciales , incluyendo al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), prevén competir en igualdad de circunstancias en pro de los consumidores, por eso ante las acciones de México en materia energética – modificación de la ley de la industria eléctrica, con inactividad, retraso y revocación de permisos a empresas privadas para operar en el sector energético mexicano y demora por parte de Pemex con el cumplimiento de proveer diésel con bajos niveles de azufre—, Estados Unidos y Canadá solicitaron consultas que se han ampliado, sin alcanzar todavía una solución al tema.
Sergio Ampudia Mello, actualmente consultor en energía, es catedrático fundador de la Especialización en Derecho Energético de la UNAM y del Diplomado "Temas Selectos de Derecho Energético". Es presidente de PROCNIE por México –con presencia en 12 entidades federativas— grupo promotor de la Cámara Nacional de la Industria Energética.
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